Ley Beckham y visado nómada: el tipo fijo del 24 %, explicado
Desde que llegaste a Valencia, oyes hablar de la «ley Beckham» en todos los aperitivos. Detrás de ese apodo se esconde un régimen fiscal que puede, en algunos casos, aligerar seriamente tu factura fiscal española, y para muchos latinoamericanos que llegan a trabajar o a teletrabajar suele encajar muy bien. Aquí tienes lo esencial, sin jerga, para saber si te afecta.
¿Qué es eso de la ley Beckham?
Oficialmente es el «régimen especial de trabajadores desplazados» (artículo 93 de la Ley del IRPF). El apodo viene del futbolista, uno de los primeros en beneficiarse a mediados de los años 2000. El principio: si te conviertes en residente fiscal en España, puedes pedir tributar a un tipo fijo del 24 % sobre tus rendimientos del trabajo hasta 600.000 € al año (por encima, el tipo sube al 47 %), en lugar de la escala progresiva española, que trepa rápido. La ventaja es clara para los sueldos holgados.
¿Durante cuánto tiempo?
El régimen se aplica el año de tu instalación y los cinco años siguientes, es decir, seis años en total. Después pasas al régimen fiscal ordinario de los residentes españoles.
¿Quién puede beneficiarse?
Tres condiciones clave. Primero, no haber sido residente fiscal en España durante los cinco años anteriores (ese plazo pasó de diez a cinco años con la Ley de Startups). Segundo, instalarte por un motivo concreto: un contrato de trabajo español, un desplazamiento decidido por tu empresa, un puesto de administrador, una actividad emprendedora o teletrabajo con el visado de nómada digital. Tercero, presentar la solicitud a tiempo. Desde la reforma de finales de 2022, el régimen se ha abierto a los teletrabajadores extranjeros y a ciertos autónomos vinculados a una actividad emprendedora o altamente cualificada. Para un latinoamericano que llega con un contrato español o con el visado de nómada digital, suele ser perfectamente accesible.
La relación con el visado de nómada digital
El visado de nómada digital, creado por la Ley de Startups, permite a las personas de fuera de la UE -todos los países de América Latina- residir en Valencia mientras trabajan a distancia para empresas extranjeras. En cuanto a ingresos, hay que acreditar un mínimo que se revisó al alza el 5 de diciembre de 2025, situándose en torno a 2.763 € al mes (más con personas a cargo), además de un título o tres años de experiencia, y trabajar mayoritariamente para clientes de fuera de España. Precisamente este visado abre la puerta a la ley Beckham a muchos teletrabajadores latinoamericanos. Lo desarrollamos en nuestra guía del visado de nómada digital.
El trámite, paso a paso
Todo se juega en el calendario. Una vez dado de alta en la Seguridad Social española o iniciada tu actividad, tienes seis meses para presentar el Modelo 149 ante la Agencia Tributaria, con tus justificantes (contrato, carta de desplazamiento, visado de teletrabajo, etc.). Si se te pasa el plazo, pierdes el beneficio del régimen para los años afectados. Cada año declaras después tus ingresos mediante el Modelo 151.
Las trampas que conviene conocer
La ley Beckham no es mágica para todo el mundo. Tus rendimientos del trabajo de fuente extranjera siguen tributando en España, y pierdes ciertas deducciones reservadas a los residentes ordinarios. Además, bajo este régimen no siempre se te considera residente a efectos de los convenios de doble imposición, lo que puede complicar el encaje con tu país de origen si mantienes ingresos allí. La buena noticia es que España tiene convenio de doble imposición (CDI) en vigor con casi toda América Latina, lo que evita pagar dos veces; la excepción a tener muy presente es Perú, que no tiene CDI en vigor con España (está en negociación), de modo que un peruano con ingresos en ambos países debe planificar con especial cuidado. En resumen: antes de lanzarte, haz números con un asesor fiscal; según tu situación, el régimen ordinario puede resultar a veces más ventajoso.
Fuentes oficiales
- Agencia Tributaria: régimen especial de impatriados, Modelo 149 y Modelo 151.
- Ley 28/2022 (Ley de Startups), texto oficial en el BOE.
- Ministerio de Asuntos Exteriores español: información sobre el visado de nómada digital y los consulados.
La Redacción de The Daily Valencia
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dura la ley Beckham?
Seis años en total: el año de tu instalación y los cinco siguientes. Después pasas al régimen fiscal ordinario de los residentes españoles.
¿Quién puede solicitar la ley Beckham?
No hay que haber sido residente fiscal en España durante los cinco años anteriores y hay que instalarse por un motivo admitido: contrato español, traslado, puesto de administrador, actividad emprendedora o teletrabajo con el visado de nómada digital. La solicitud se hace mediante el Modelo 149, en un plazo de seis meses. Para muchos latinoamericanos con contrato o visado de nómada, es accesible.
¿Es siempre ventajosa la ley Beckham?
No. Pierdes ciertas deducciones de los residentes ordinarios y tus rendimientos del trabajo de fuente extranjera siguen tributando en España. Ten en cuenta también los convenios de doble imposición: España los tiene con casi toda América Latina, pero no con Perú. Según tu situación, el régimen normal puede salir más a cuenta: haz números con un asesor fiscal.
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